lunes, 25 de febrero de 2008

Los carnavaleros quedaron a salvo del Impuesto a la Renta


La DGI dividirá entre doce lo que ganen mientras dura la temporada de tablados y la mayoría no pagará IRPF

La mayoría de los carnavaleros no pagará Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (Irpf) por lo que ganen durante el mes y medio de presentaciones en los tablados. Igualmente, finalizada la "zafra", Daecpu remitirá a la DGI un listado con los salarios de todos.

Varios conjuntos le han apuntado al Irpf y sus efectos en el bolsillo. Sin embargo, el criterio aplicado por la Dirección General Impositiva (DGI) exime a la gran mayoría de pagar el impuesto.

"Siempre fui pa'l lado izquierdo
progresista de verdad;
con cambiar la sociedad
yo siempre estuve de acuerdo.
Desde joven yo recuerdo
Transjnitía en los pasillos
Del liceo a los chiquillos
Mis ideas conceptuosas...
Hoy solo pido una cosa:
No me toquen el bolsillo..."
(La Gran Siete)

Las autoridades del organismo recaudador se reunieron en diciembre con Directores Asociados de Espectáculos Carnavalescos Populares del Uruguay (Daecpu) para definir la incidencia del Irpf en el carnaval. "Se concluyó que el impuesto no afecta los ingresos", dijo a Ultimas Noticias el director de la DGI, Nelson Hernández.
"El ingreso puede ser muy alto dentro de uno o dos meses de actividad carnavalera, pero tomamos como criterio el año entero de liquidación del tributo y al hacer el prorrateo los ingresos quedan por debajo del mínimo no imponible mensual ($ 8.875)", indicó el jerarca.
Las agrupaciones de carnaval, sumando todas las categorías, cuentan con más de un millar de integrantes. En el caso de las murgas, la mayoría son cooperativas y cada integrante recibe unos $ 350 por presentación. Los conjuntos más requeridos hacen unos cien tablados entre febrero y marzo, lo que representa un ingreso de $ 35.000 que al dividirse entre doce equivale a $ 2.900, una cifra muy lejana a la afectada por el impuesto.
No obstante, hay media decena de figuras del carnaval -se desempeñan en las categorías de Parodistas y Humoristas- que son las más cotizadas y se contratan a cambio de $ 1.000 por tablado. También tomando como media un centenar de presentaciones, no alcanzarían el mínimo anual afectado por el impuesto ($ 106.500).
No obstante, ¿qué ocurre con quienes suman ese ingreso en el carnaval a su salario habitual obtenido en otras actividades?
Hernández dijo que en ese caso se realizará al acumulación y a fin de 2009 se determinará si se constituyen en contribuyentes del Impuesto a la Renta.
"Son solamente en esos casos pero por lo que nos dijo Daecpu, la gran mayoría tiene como parte importante de sus ingresos anuales el carnaval, por lo que no pagarán el Irpf", indicó Hernández.
"Para nosotros es una actividad esencialmente zafral, es distinta a la situación de un trabajador que en un mes recibe por concepto de otro trabajo una cifra de dinero que lo coloca como contribuyente del Irpf. En ese caso, nuestro criterio es presumir que se trata de un trabajo estable aunque cese al mes siguiente, por lo que el empleador debe deducir el anticipo y pagarlo a la DGI. Si en la liquidación anual el total percibido no llega al monto mínimo imponible, la DGI devolverá lo pagado. Pero en el carnaval nos parecía inútil que se pagaran anticipos por su carácter zafral, por lo que podemos evitar ese costo de que se pague el impuesto para luego devolverlo", explicó Hernández.
De todas formas, la DGI acordó con Daecpu que una vez finalizado el carnaval le será remitida la lista con los ingresos que deben ser imputados a cada uno de los integrantes de las agrupaciones. "Vamos a tener el listado con todos los salarios para corroborar que por esa sola actividad no serán sujetos pasivos del pago de renta", concluyó.

Fuente: Últimas Noticias, 25 de febrero

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