jueves, 15 de noviembre de 2007

TCR mantiene observación a Pluna


Ratifican objeción a negocio de Pluna
TCR respondió los descargos del ministro Rossi

El Tribunal de Cuentas (TCR) confirmó su observación al contrato de asociación de Pluna con el grupo Leadgate Investement. Una resolución de ayer del TCR ratifica la adoptada el 5 de septiembre y responde los descargos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) del 13 de ese mes.
El TCR había observado el negocio de Pluna porque "no es ajustado a derecho" y por la ausencia de un proceso competitivo que garantizara "publicidad, igualdad de oferentes y la concurrencia". En respuesta, el MTOP acusó al organismo de contralor de haberse "extralimitado en el ejercicio de sus competencias constitucionales", de cometer "errores de hecho y de derecho" y de haber "prejuzgado".
El TCR entendió ayer que resulta "imperativo" emitir nuevamente su opinión "a fin de despejar cualquier equívoco acerca de la objetividad y rigurosidad técnica" tanto de sus actuaciones como de sus dictámenes.
En su resolución, el TCR vuelve a afirmar que los ministros de Economía, Danilo Astori, y de Transporte, Víctor Rossi, "no obraron en ejercicio de competencia" cuando firmaron el acuerdo con Leadgate. Según el TCR, debió disponerse de un acto jurídico previo que autorizara a estos ministros a actuar en nombre del Estado.
También descalifica lo que sostiene el gobierno en el sentido de que se trató de un cambio de acciones en la parte privada de Pluna y que esto no implicó una nueva sociedad o asociación. "No se comparte por tanto el criterio aplicado por la administración en relación con el procedimiento seguido, en virtud de que no es posible sostener por un lado que todo el negocio jurídico de suscripción de acciones se regula por el derecho privado, cuando en rigor se hace participar en la operativa al Poder Ejecutivo a través de sus respectivos ministros, y posteriormente todo lo actuado es sometido a su aprobación", dice el TCR.
Además aclara que "nunca sostuvo" que se requería una licitación pública para la selección del socio de Pluna, sino "que enfatizó en la necesidad -lo que obviamente no es lo mismo- de seguir un procedimiento competitivo porque ello obedece a razones de buena administración". El TCR considera que "no corresponde" que el MTOP haya enviado la primera observación a la Asamblea General. Se basa, entre otros, de la opinión del constitucionalista y senador de gobierno, José Korseniak. "La competencia del Tribunal de Cuentas -dice Korseniak según cita el TCR- se ejerce con autonomía funcional, lo que significa que ningún órgano puede `presionarlo` o relacionarse con él como si fuese un órgano sometido a control o jerarquía".

Fuente: El País, 15 de noviembre

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