domingo, 23 de septiembre de 2007

La Justicia debe decidir si aplica multa a INAU por niños adictos


El 10 de octubre será la audiencia para exigir un centro de tratamiento para menores de 15 años. Juez debe decidir si aplica sanción de 200 UR por cada día sin atención de los menores

El fiscal Enrique Viana y las autoridades del Instituto de la Niñez y la Adolescencia (INAU) volverán a verse las caras en un audiencia judicial fijada para el 10 de octubre. Esta vez es por el pedido del fiscal para que el organismo cumpla con el dictamen judicial de poner en funcionamiento centros de rehabilitación para niños menores de 15 años adictos a las drogas y “ampliar razonablemente la capacidad disponible” para atender a los adolescentes mayores de 15 y menores de 18, que padecen la problemática.

La magistrada deberá resolver si acepta el pedido de Viana de que se ordene “la aplicación” de una multa de 200 unidades reajustables diarias hasta que el INAU cumpla con el fallo judicial.

También pedirá que –paralelamente- se de conocimiento a la Justicia Penal “por lo que (al INAU) le pudiera corresponder”, así como también al Poder Ejecutivo en torno a las actuaciones judiciales del caso.

El fiscal y las autoridades del INAU acapararon la atención pública el pasado 11 de setiembre, cuando la jueza de Familia Graciela Barcelona apoyó la petición de Viana, para que el Instituto detecte los niños que viven en la calle y promueva su internación en dependencias del organismo en un plazo máximo de 90 días.

Es el cuarto juicio contra el INAU. Dos promovidos por el propio Viana sobre retiro de niños de la calle y consumidores de pasta base y otro llevado adelante por defensores de oficio de Maldonado por presuntas omisiones del instituto en aquel departamento.

Incumplimiento. Esta nueva instancia judicial fue convocada por la Juez de Familia de 14º Turno, Graciela Rey. El Fiscal Viana promovió “ejecución de sentencia” del incumplimiento de la sentencia del Tribunal de Apelaciones de Familia de Primer Turno. La misma hizo lugar a una acción de amparo promovida por el magistrado –en setiembre de 2006-, para que el INAU pusiera en funcionamiento esos centros de rehabilitación para menores adictos a las drogas.

En una primera instancia la Juez Graciela Rey no hizo lugar al petitorio pero Viana apeló el fallo y el Tribunal resolvió el 22 de noviembre del 2006 otorgar un plazo de 90 días al organismo para que el INAU cumpliera con la sentencia.

Obligó al organismo a “planificar e instrumentar” las medidas para que en un plazo máximo de 90 días se ponga en funcionamiento un Centro de Atención de Niños y Adolescentes menores de 15 años, adictos a las drogas.

En cuanto a los adolescentes mayores de 15 años y menores de 18, adictos alas drogas, el Tribunal también otorgó un plazo de 90 días para que el INAU “ampliara razonablemente la capacidad de atención disponible, de acuerdo a la entidad y gravedad de la problemática actual”.

Sin apelación. La sentencia no fue apelada por el Instituto del Niño y el Adolescente y dos meses después de transcurridos los 90 días dispuestos por el Tribunal, el 18 de abril pasado, Viana promovió un juicio de ejecución de la sentencia.

Viana considerando que “habiendo transcurrido largamente el plazo razonable que la Justicia ha otorgado para que el INAU cumpla con sus deberes públicos, hasta el presente ello no ha acontecido”, señala el escrito promovido por el fiscal.

El fiscal Viana recordó al respecto que el INAU no ha puesto en funcionamiento un Centro de Atención de Niños y Adolescentes menores de quince años adictos a la droga.

Según Viana, el INAU “no ha ampliado” la capacidad de atención disponible para los mayores de quince años en igual condición.

“Tampoco ha mejorado la situación en protección de los derechos humanos a los que está obligado por la Constitución; y por ende “no se ha acatado la decisión judicial”, agregó el fiscal en su escrito.

“Es una peligrosa irresponsabilidad organizada”

El fiscal Enrique Viana consideró “grave” que el organismo –en sus descargos- haya pretendido “justificar el no obrar del Estado” como “la política correcta en la materia”. “Esto es lo grave. Al parecer, no aparece propósito alguno para superar las supuestas carencias materiales, debido a que, por su cuenta, la parte demandada (el INAU) ha entendido que la internación permanente de niños y adolescentes adictos no es lo conveniente, pese a que resoluciones judiciales así se lo ordenan, permitiéndose la discrecionalidad, cuando el Estado de Derecho le impone, genéricamente, el deber de protección y la obligación de proveer lo necesario para la mencionada internación. La situación se encamina hacia una peligrosa irresponsabilidad organizada, donde se pretende legitimar el no hacer; peligrosa y lesiva para con los derechos a la vida y a la salud de la infancia y juventud del país”, señaló el fiscal.

El magistrado también aludió en el escrito a la situación de los niños en la calle y a la política del INAU a privilegiar “el derecho” de éstos a elegir hacerlo. “Parece evidente que si el país hoy sufre el mal de los niños y adolescentes drogadictos, desconocido en tiempos pasados, no se le puede atribuir a la internación de los mismos en establecimientos del INAU, sino precisamente – entre otras causas-, al abandono y a la desprotección provocados merced a la doctrina, impuesta desde el extranjero, que reniega de su internación institucional”.

En representación del INAU el abogado Edgart Marzarini Miranda, cuestionó la potestad del Poder Judicial para cuestionar las políticas llevadas a cabo por el Poder Ejecutivo. “Tal vez el que (el INAU) no esté llevando a cabo una política que filosóficamente coincida con la valoración, la moral y el ideal teórico y práctico del Fiscal, lo lleve a concluir que su política (de atención a menores adictos) es inexistente, ineficaz o mala, o en términos de la ley, manifiestamente ilegal.

Fuente : El observador, 23 de setiembre

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