lunes, 4 de mayo de 2009

Los escribanos observan el proyecto de adopción


Ley. Falta instituto que no separe al menor de su familia
Los diputados del oficialismo evalúan incluir cambios al proyecto de ley que reforma el régimen de adopciones y ya tiene media sanción, tras escuchar observaciones de la Asociación de Escribanos frente a la comisión de Constitución.
Los legisladores solicitaron a esa gremial de profesionales una redacción alternativa en los puntos con que discrepan. La gremial criticó en especial la ausencia de un instituto intermedio que permita al menor mantener el vínculo con su familia biológica. El próximo miércoles concurrirán a la comisión las asociaciones de jueces y de fiscales, así como el Instituto de Derecho Civil, para opinar del proyecto, que incluye cambios en cuanto a la intervención de los magistrados.
Después de recibir ese día a las últimas delegaciones, los diputados de la comisión de Constitución resolverán la redacción final del proyecto de ley, dijo a El País el presidente de esa comisión, Javier Salsamendi (Espacio 609).
VISIÓN. En el Parlamento, Raúl Anido expresó la posición de la Asociación de Escribanos y señaló las diferencias con los tres proyectos que se analizan, en especial con el que cuenta con media sanción parlamentaria y ya fue aprobado por el Senado.
Anido explicó que los escribanos propenden a que haya una regulación de la adopción que mantenga tres fases: "Una primera fase, que se compadezca con la urgencia; una segunda fase, que se compadezca con insuficiencia de atención al niño, pero en la que hay una relación con la familia que ha impedido estar en una situación de total abandono".
La tercera fase sería la legitimación adoptiva, "lo que se llama adopción plena, en la cual el niño rompe todos los lazos con la familia biológica y pasa a ser el hijo legítimo de la familia adoptiva".
Anido sostuvo que uno de los problemas del proyecto con media sanción es que deja la noción de abandono como presupuesto de la legitimación adoptiva y se la sustituye por la pérdida en la patria potestad. "Es verdad que el abandono determina la pérdida de la patria potestad, pero no necesariamente la pérdida de la patria potestad determina que el hijo quede sin el amparo del resto de la familia", señaló.
"El presupuesto de la adopción no alcanza con que se haya perdido la patria potestad, porque puede haber una causal de pérdida de la patria potestad pero puede haber una situación de amparo en el resto de la familia. Los padres abandonan al niño, pero los tíos, los primos, los abuelos le dan la cobertura necesaria. Entonces, en ese caso no se compadece el fundamento del instituto de un desplazamiento de una familia a otra con la sola pérdida de la patria potestad", afirmó.
Para Anido, integrante del Instituto de Investigación y Técnica Notarial de la asociación, "si el niño en su propia familia tiene los requisitos para el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social como dice la Convención de las Naciones Unidas, ¿por qué desplazarlo de esa familia para implantarlo en otra familia?".
"Con la pérdida de la patria potestad y el instituto de la tutela es suficiente garantía para mantener al niño en esa familia. El menor va a perder la patria potestad porque no estamos defendiendo a los padres que son omisos en el ejercicio de su función, pero no creemos que sea conveniente apartarlos de su familia, porque la adopción no solamente genera un vínculo filiatorio entre padres e hijos, sino que aparta al niño de una familia y lo emplaza en otra", subrayó Anido.
VISIÓN. Otra objeción que planteó la Asociación de Escribanos es que el proyecto prevé que la legitimación adoptiva la haga el INAU sin previa autorización. También señaló que es necesario acudir a la escritura pública o acta notarial en el instituto de adopción intermedio por el que abogó.
En situaciones de necesidad intermedia, como cuando se va a conceder la tenencia y la guarda de un menor a otro familiar con el que se origina un lazo afectivo, "es clave las manifestaciones de voluntad hacia fines jurídicamente tutelados".
En esos procesos, "en los que tenemos necesidades de urgencia, que no llegan a la legitimación adoptiva pero que están en una situación intermedia, es conveniente que se den las garantías para el menor, la familia biológica y la adoptiva, se acuda al instituto notarial, a fin de dar celeridad y certeza, y se elimine urgencia de ese menor, no llegándose a la vía judicial", afirmó Anido. "Es una situación intermedia en la que hay una protección a nivel familiar", concluyó.
La legislación italiana es un ejemplo a atender
Los escribanos pusieron como ejemplo legislación comparada sobre la adopción, en especial la europea. El escribano Raúl Anido indicó a los diputados que la legislación italiana prevé la adopción particular.
"Eso significa que los padres se desatendieron del menor, pero en su entorno igual recibe atención de otros parientes, de otras instituciones o extraños. Ese menor debe tener una situación intermedia y no desplazarlo totalmente de su familia, porque aún mantiene lazos de protección", expresó.
La legislación italiana también prevé el caso de menores que sufren discapacidades y que "quizás no tengan en la familia el respaldo que merecen, pero no tienen el abandono". Así, se complementa la situación de esos niños con otra familia, pero "no los desplaza de una familia a otra".
El País Digital, 4 de mayo

1 comentario:

Uruguay dijo...

Esta proyecto de ley, está generando un monopolio a una institución que no funciona en el tema de la adopción como debería. Por otro lado está generando un mercado negro enorme, al prohibir las adopciones que hoy en día se pueden hacer con juez y asistente social, llevándolo a la lista única de INAU. Esto va a provocar, que lo que hoy es una adopción legal, pase a agrandar el enorme mercado de adopciones encubiertas, donde no participa ningún juez ni asistente social. Si se aprueba la ley como está, va a ser un enorme error.

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